Defensa ante el Servicio de Impuestos Internos

¿Recibió una Liquidación o Resolución del SII?

Los cobros de impuesto y las resoluciones que niegan una devolución se impugnan del mismo modo: tiene 30 días hábiles para hacerlo ante el Servicio de Impuestos Internos o 90 días hábiles para recurrir al Tribunal Tributario y Aduanero. Cada día cuenta.

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Los plazos que corren

Dos caminos de defensa, dos ventanas de tiempo

Desde la notificación del acto —sea una liquidación con cobro de impuesto o una resolución que denegó una devolución— el reloj comienza a correr en dos plazos simultáneos. Comprender esta arquitectura de tiempos es el primer paso de una defensa estratégica.

30 días
hábiles administrativos

Reposición Administrativa Voluntaria (RAV)

Es el recurso administrativo más importante del sistema tributario chileno. Permite revisión integral de hechos y derecho, con posibilidad de aportar nuevos antecedentes probatorios. Su interposición suspende el plazo judicial.

Artículo 123 bis del Código Tributario
90 días
hábiles judiciales

Reclamación ante Tribunal Tributario y Aduanero

Vía judicial ante el TTA competente. Es la vía contenciosa propiamente tal y da lugar al Procedimiento General de Reclamaciones (PGR). Los recursos posteriores son la apelación ante la Corte de Apelaciones y la casación ante la Corte Suprema.

Artículo 124 del Código Tributario
Estrategia integrada: Un RAV bien preparada no es solo una alternativa al reclamo judicial — es su mejor preparación. Los antecedentes aportados, la audiencia preliminar y la fundamentación construida en sede administrativa se convierten en piezas del expediente que fortalece el eventual reclamo ante el TTA.
Análisis técnico

¿RAV o reclamación directa ante el TTA?

La elección no es automática. Depende del caso concreto, de la naturaleza de los antecedentes disponibles, de la urgencia estratégica y de la fortaleza probatoria construida durante la fiscalización.

La RAV suele ser preferible cuando

Reposición Administrativa Voluntaria

  • Existen antecedentes de hecho relevantes que no se aportaron durante la fiscalización o cuyo alcance recién ahora se dimensiona.
  • La discrepancia con el SII reside en la interpretación de una norma respecto de la cual existen instrucciones o criterios favorables al contribuyente.
  • El monto discutido no justifica de inmediato los costos de un proceso judicial ante el TTA.
  • Se busca preservar una relación colaborativa con el Servicio y explorar una solución dialogada.
  • La estrategia integral considera fortalecer el eventual reclamo judicial mediante un expediente administrativo más completo.
La reclamación directa suele ser preferible cuando

Reclamación ante TTA

  • El tiempo es crítico y se necesita que la liquidación sea impugnada judicialmente con urgencia para obtener certificados u operar comercialmente.
  • La discrepancia con el SII es de derecho puro respecto de una interpretación que la propia Administración ha reiterado y difícilmente modificará.
  • Los antecedentes probatorios ya están debidamente incorporados al expediente de fiscalización.
  • Se busca acceder directamente a un tribunal independiente sin pasar por la revisión del propio Servicio.
  • La complejidad jurídica del caso requiere la profundidad de un procedimiento judicial con etapa probatoria formal.
Advertencia estratégica

Errores frecuentes en la defensa ante liquidaciones

La calidad de la impugnación se define en las primeras semanas. Los siguientes son errores que hemos observado repetidamente y que comprometen las posibilidades de éxito posterior.

01

Tratar la RAV como un trámite menor

Presentar únicamente el Formulario 3314 sin un escrito complementario con desarrollo doctrinario, organización de antecedentes probatorios y estructura argumental técnica reduce sustancialmente las posibilidades de éxito. La RAV debe prepararse con la misma rigurosidad que un reclamo judicial.

02

No aportar antecedentes nuevos cuando los hay

Limitar la RAV a reiterar los argumentos ya planteados en la respuesta a la citación, sin documentación adicional que refuerce la posición del contribuyente, desaprovecha la principal ventaja del recurso: la amplia admisibilidad de nuevos medios de prueba en sede administrativa.

03

No anticipar el escenario judicial

Diseñar la RAV pensando exclusivamente en la resolución administrativa, sin proyectar cómo los argumentos y antecedentes servirán en un eventual reclamo ante el TTA, empobrece la estrategia integral y priva al contribuyente de la doble utilidad del recurso.

04

No aprovechar la audiencia preliminar

La Circular N°12 de 2021 transformó la audiencia preliminar en etapa obligatoria del procedimiento RAV. Asistir sin preparación, sin formular preguntas al resolutor ni ofrecer aclaraciones sobre la documentación, deja pasar la única oportunidad de diálogo directo con quien resolverá el recurso.

05

Dejar vencer el plazo confiando en el silencio

El Recurso Jerárquico solo procede si la RAV fue rechazada por resolución expresa dentro de los 90 días. Si fue rechazada por silencio administrativo, el RJ no está disponible y el contribuyente debe reclamar directamente ante el TTA con el plazo judicial que reste.

Nuestro enfoque

Defensa técnica rigurosa, orientada a resultados

Somos un estudio boutique especializado en derecho tributario. Nuestro enfoque combina rigurosidad doctrinaria, análisis estratégico y experiencia práctica ante el Servicio de Impuestos Internos, los Tribunales Tributarios y Aduaneros, las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema.

01

Análisis inicial en 24 horas

Diagnóstico técnico gratuito de su liquidación: viabilidad de la impugnación, plazos aplicables, estrategia recomendada y estimación de honorarios.

02

Doble perspectiva técnica

Combinamos experiencia en el ejercicio privado con conocimiento del servicio público en la administración tributaria, para ofrecer una asesoría orientada a las necesidades concretas de cada cliente.

03

Estrategia integrada RAV-TTA

Preparamos la RAV pensando desde el inicio en el eventual reclamo judicial. Cada antecedente aportado y cada argumento construido tiene doble utilidad estratégica.

04

Foco en reducción efectiva

Nuestro objetivo no es solo impugnar, sino procurar la reducción efectiva de las diferencias de impuesto, los intereses y las multas mediante mecanismos técnicos disponibles.

Trayectoria de nuestra Socia

Magdalena Infante Pereira, socia fundadora del estudio, es abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile con especialización en derecho económico-comercial y diplomados en tributación y precios de transferencia. Su trayectoria combina el ejercicio privado en estudios tributarios especializados con su desempeño como abogada en la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, experiencia que fundamenta el análisis técnico riguroso y la comprensión cabal del procedimiento administrativo tributario que ofrecemos a nuestros clientes.

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Trátese de una liquidación con cobro de impuesto o de una resolución que denegó una devolución, le responderemos dentro de las próximas 24 horas hábiles con una evaluación inicial: plazos aplicables, viabilidad de impugnación y estrategia recomendada.

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